“Al no constituir el hecho investigado un delito, no cabe sino revocar la resolución apelada y disponer el sobreseimiento definitivo de este proceso criminal por inexistencia de antecedentes de hecho que pudiere calificarse como un hecho ilícito penal”, versa el dictamen que liberó de toda responsabilidad al exejecutivo de Codelco acusado de portar un artefacto explosivo.
El hecho sucedió el 25 de julio pasado en el aeropuerto de Calama, región de Antofagasta, luego de los atentados con explosivos perpetrados en Santiago a la 54ª Comisaría de Huechuraba, donde resultaron heridos varios carabineros y al exministro Rodrigo Hinzpeter, quien no alcanzó a abrir el sobre con dinamita dirigido a su nombre.
La situación se dio en un contexto de conversación en que el acusado y entonces gerente de Recursos Humanos en la División Gabriela Mistral de la minera a, Francisco Marín, quien –según su propia declaración- en un contexto de conversación con otros colegas abordó el tema mencionando la palabra bomba, situación que le valió ser detenido en ese momento.
Como la noticia se hizo pública, de inmediato recibió el reproche de todos los sectores, incluida la empresa, que lo desvinculó al día siguiente del episodio por el que fue formalizado y del propio gobierno.
Tras una espera de un poco más de dos meses en donde además tuvo que firmar cada 15 días en Fiscalía, fue sobreseído definitivamente ante la segunda sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, lugar en donde se estableció su inocencia.
La sentencia del tribunal de alzada de Antofagasta subraya “la situación generada como consecuencia de una frase inapropiada (…), y la falta de criterio de los agentes no puede inducir a la creación de antecedentes fácticos inexistentes que demuestren a lo menos la existencia de alguno de los delitos referidos, especialmente teniendo presente las tipificaciones propuestas en la denuncia y la formalización de la investigación”.
Por ello, subraya el fallo que “no cabe sino revocar la resolución apelada y disponer el sobreseimiento definitivo de este proceso criminal por inexistencia de antecedentes de hecho que pudiere calificarse como un hecho ilícito penal”, concluye.
Francisco Marín se mostró tranquilo y optimista por la decisión de la corte declarando a Emol que “siempre supe que era inocente, (…) todos podemos cometer errores, pero acá hubo uno en donde funcionarios de dos organizaciones me juzgaron equivocadamente por delitos que no cometí y eso tuvo consecuencias terribles para mi familia, trabajo e imagen personal”, declaró.
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