La Corte de Apelaciones de San Miguel revocó este lunes la prisión preventiva dictada por el 10º Juzgado de Garantía de Santiago en contra de seis carabineros, imputados por el Ministerio Público como autores de los delitos de tortura y abuso sexual agravado. Ilícitos supuestamente cometidos el 21 de octubre pasado, en la comuna de Pedro Aguirre Cerda.
En fallo unánime, la segunda sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Carlos Farías, Claudia Lazen y Leonardo Varas, revocó la resolución impugnada, tras establecer que “en este estadio procesal, no se encuentra configurado el presupuesto material de la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del hecho N° 3, por el cual se encuentran formalizados los imputados Erwin Espinoza Reyes y Ciro Cubillos Arancibia, en perjuicio de la víctima señor John Bravo Garrido”.
La resolución agrega que, con los antecedentes hasta ahora reunidos, esto es, informe del Servicio Médico Legal y declaración del perito señor Claudio Pérez, se desprende la existencia de lesiones corporales en perjuicio de la víctima señor Josué Maureira Ramírez.
Por estos antecedentes, cree que las medidas cautelares eran demasiado para el delito imputado.
“Acorde lo razonado, y respecto de los delitos por los cuales se encuentran formalizados los imputados, la necesidad de cautela se satisface con otra medida de menor intensidad que la prisión preventiva“, añade.
Así, los Carabineros quedaron con arraigo nacional y arresto domiciliario total respecto de Erwin Matías Espinoza Reyes; Javier Andrés Marchant Ferrada; Marcos Ignacio Valenzuela Yévenes; Marcos Eduardo Vásquez Ayala y Ciro Ignacio Cubillos Arancibia.
“En lo que hace a la imputada Luna Valentina Werchez Muñoz, se decretan a su respecto las cautelares establecidas en las letras c) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, firma mensual en dependencias del Ministerio Público y arraigo nacional“, expresa la resolución.