A las 5 horas de este lunes comenzaron a regir las medidas más estrictas para frenar el alto número de contagios de Covid-19 en el país que este viernes alcanzó los 8.112 casos, la cifra más alta de la pandemia.
En esta jornada se cerrarán las fronteras por al menos 30 días, y el toque de queda comenzará a las 21 horas, extendiéndose hasta las 5 de la mañana. La última vez que el Ejecutivo modificó este horario, fue el pasado 11 de marzo, cuando también lo adelantó una hora, desde las 22 a las 5 de la mañana.
“Son momentos difíciles, pero siempre la salud ha sido prioridad del Gobierno”, remarcó la subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell, cuando dio a conocer los anuncios el jueves pasado.
CIERRE DE FRONTERAS
A partir de este lunes se cerrará la frontera por todo el mes de abril. Esto significa que ni chilenos ni extranjeros residentes podrán viajar al exterior hasta fin de mes.
En caso de una situación extraordinaria, podrá solicitarse un permiso para salir en la Comisaría Virtual, precisó Martorell. Este solo se otorgará “porque es fundamental para el país, porque hay una medida humanitaria de por medio, porque es esencial para la salud, o porque la persona que sale no vuelve”.
Desde este lunes hasta fin de mes estará prohibido el ingreso de extranjeros no residentes, salvo los que provienen de países sin transmisión comunitaria, de acuerdo a la lista de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Respecto del ingreso de camiones por la frontera terrestre, se exigirá PCR negativo con 72 horas, además de la realización de exámenes aleatorios para verificar sus condiciones de antígenos.
LIMITACIONES A ACTIVIDADES ESENCIALES
También habrá nuevas limitaciones a las actividades esenciales, donde por bien esencial se entenderá aquellos bienes imprescindibles para subsistencia, el teletrabajo, la seguridad inmueble, educación a distancia.
Mientras que se eliminan giros de manera temporal, como por ejemplo la venta por menor de prendas de vestir, perfumes y cosméticos, esto por 15 días.
En tanto, los supermercados no podrán vender bienes que no sean esenciales, tales como los alimentos, medicamentos, productos de aseo e higiene personal o de conservación y funcionamiento del hogar.
Los malls permanecerán cerrados, mientras que sólo podrán abrir los supermercados, farmacias y bancos, es decir giros esenciales, y las personas deberán solicitar un permiso de desplazamiento general para poder ingresar, mientras que los almaceneros podrán ingresar con su permiso único colectivo.
Además se limita y redefine un funcionario esencial, tanto del sector público como del privado, quedando fuera las labores administrativas, contables o financieras.
Sobre el Permiso Único Colectivo, se incorporará declarar cuántos trabajadores tiene la empresa y a cuántos de ellos se les está solicitando el permiso y qué labor realizan.
Por otro lado, se limitarán los permisos de desplazamiento individual, pudiendo utilizarse uno el fin de semana en comunas en cuarentena.
CUESTIONAMIENTO DEL COMERCIO
El comercio ha cuestionado que, por al menos dos semanas, sus productos “no esenciales” no puedan ser adquiridos online y despachados a domicilio.