San Felipe: Concejo Municipal aprobó ordenanza para exención de pago de derechos de aseo

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Foto: referencial
  • El documento fue aprobado por unanimidad y permitirá a una serie de vecinas y vecinos optar a este beneficio.

En solicitud a las recomendaciones realizada por la comunidad, este martes, en la sesión del concejo municipal, se aprobó por unanimidad la ordenanza que permite exención de pago por derecho de aseo en la comuna.

Y es que luego del reavaluó que el Servicio de Impuestos Internos (SII) realizó para predios no agrícolas, una cantidad significativa de hogares que antes no pagaban por este ítem ahora sí deben hacerlo. Es decir, en la comuna se pasó de 6 mil viviendas a 16 mil aproximadamente, lo que generó la preocupación de los vecinos y la inmediata atención de las autoridades comunales. Por ello, el departamento jurídico de la Municipalidad de San Felipe preparó una propuesta que adjuntaba una serie de nuevas causales de exención, ordenanza que finalmente fue aprobada en pleno.

“Se propuso a petición del concejo, una serie de exenciones, parciales y totales al pago de derecho de aseo, que esencialmente tienen que ver con personas que estén en la calificación del registro social de hogares y además, hay 5 causales adicionales para acogerse a este beneficio”, señaló el Director Jurídico del municipio, Jorge Jara.

Estas nuevas causales beneficiarán con el total de exención a las y los jefes de hogar que cuenten con el Registro Social de Hogares al día, que se encuentren en el tramo del 0 al 40%, mientras que aquellos que cuenten figuren en el tramo entre el 41% y el 60%, pagarán el 50% del monto respectivo.

“Estas causales tienen que ser invocadas por los interesados con un formulario que se va a entregar y tienen como plazo hasta el 17 de julio próximo y rigen para el pago de la tercera y cuarta cuota”, aclaró el abogado.

Estas modificaciones regirán hasta el 31 de diciembre de este año, sin embargo, Jara manifestó que el próximo 31 de octubre presentarán una nueva ordenanza de derechos de aseo, antes de que nuevamente comience a regir estas cuotas a raíz del reavalúo durante el 2019.

Las exenciones:

  • El jefe de hogar o su cónyuge, que registro discapacidad al 50% o más, debidamente acreditada con la credencial o certificado.
  • Cónyuge sobreviviente del jefe de hogar que fallezca durante el segundo semestre del 2018.
  • Jefa de hogar que sea víctima de destrucción total del inmueble a causa de incendio, diluvio, anegamiento, terremoto y otro desastre natural.
  • Víctima de una enfermedad catastrófica, acreditado mediante certificado del Departamento de salud municipal.
  • Jefe o jefa de hogar que se encuentre cesante pr un periodo no inferior a tres meses.
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