Tratándose de una incapacidad temporal, el Consejo Municipal deberá nombrar de entre uno de sus miembros, a un alcalde suplente.
45 días han pasado desde que el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, quedara en prisión preventiva tras ser formalizado por la Fiscalía por cinco delitos de corrupción en el marco de la investigación del caso farmacias populares. Pero ¿Por qué es importante que hayan pasado 45 días?
La académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, Rosa Fernanda Gómez, explica que la norma señala categóricamente, que «tratándose de una incapacidad temporal, superior a 45 días, los que cabe es que el Consejo Municipal nombre de entre uno de sus miembros, a un alcalde suplente», comenta.
Por lo tanto, si bien el alcalde no pierde su calidad de tal, pero, no se encuentra habilitado para ejercer sus funciones de manera tal, que, durante ese periodo, será un concejal quien ejercerá sus funciones.
Por otro lado, distinta es la situación si el alcalde Jadue es condenado a una pena aflictiva, esto es «por una pena superior a tres años y un día, en cuyo caso, de manera sobreviniente, pierde los requisitos para ser nombrado alcalde, y, por lo tanto, perderá la calidad de tal», finaliza la académica UANDES.